Certificados de incobrabilidad es la última fase en nuestro proceso de cobranza, la cual opera cuando existe la imposibilidad practica de cobro, en este momento se han agotado todos los medios para recuperar el saldo pendiente, siendo la mejor recomendación mandar a quebranto dicho saldo y obtener los beneficios fiscales que la autoridad nos permite.
Beneficios:
Constancias Administrativas
Se emitirá un certificado administrativo tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento no exceda de treinta mil unidades de inversión, y cumpla con un año de vencimiento a la fecha emisión. Es elaborado por nuestros abogados sin necesidad de interponer un proceso judicial.
Constancias Judiciales
Se emitirá un certificado con constancias judiciales Tratándose de créditos cuya suerte principal al día de su vencimiento sea mayor a treinta mil unidades de inversión, cuando el acreedor obtenga resolución definitiva emitida por la autoridad competente, con la que demuestre haber agotado las gestiones de cobro o, en su caso, que fue imposible la ejecución de la resolución favorable.